LEGISLACION DEPARTAMENTAL

Expropiación – El plenario de la Junta Departamental de Tacuarembó, decretó en su sesión de fecha 3 de octubre la concesión al Ejecutivo Departamental, “autorizando la expropiación con toma urgente de posesión de los padrones Nros. 2726, 2571, 4560, 2573, 4328, 4002, 5019 y 4476 de la manzana número 312 y los padrones Nros. 12.116, 8742 y 8475 de la manzana número 768” de la ciudad de Tacuarembó. El citado trámite de expropiación se debe al “hecho de la intención de concretar el proyecto de continuación del Bulevar Manuel Rodríguez Correa”.

Modificación presupuestal – El Legislativo Comunal resolvió “aprobar ad-referéndum del Tribunal de Cuentas de la República, el anteproyecto de Modificación Presupuestal 2013 / 2015, del Ejecutivo Departamental” en su primera sesión de octubre. En lo sustancial se fijó el Presupuesto de sueldos, gastos e inversiones para el año 2013: %965.514.063; 2014: $1.088.703.494 y para el 2015: $1.024.415.631. Reajuste salarial. “Se establece una recuperación salarial a partir del siguiente ajuste luego de la promulgación de esta modificación presupuestal y hasta el fin del período de la misma, a los funcionarios de la Intendencia de Tacuarembó de hasta un 3,5% en forma anual e igualitaria”. Se otorgará una gratificación especial de 3 partidas de $2.000 c/u en ticket alimentación. Se abonarán en diciembre de 2013; en febrero de 2014 y diciembre de 2014. Se especifica que “la recuperación salarial dispuesta será siempre y cuando con el incremento dispuesto el rubro cero no supere el 50% de los ingresos presupuestales totales de la Intendencia”. Se excluye en la recuperación salarial a “todos los cargos de particular confianza”.

Tasa alumbrado público. Se diferencian franjas para el cobro: A) Inmuebles donde en la cuadra posea más de 3 focos: $68 mensuales; B) Donde haya 2 y 3 focos: $48; C) Inmueble con acceso a cuadra con un foco: $38 y D) Inmuebles que en su cuadra no existan focos pero se benefician con alumbrado de zonas contiguas: $18. Las tasas se actualizarán con los ajustes de tarifas de UTE. Además el Legislativo autorizó “al Intendente Departamental de Tacuarembó a transferir a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas, el cobro del tributo, al amparo de lo previsto por el Art. 12 de la Ley Nº18.860”.

Tránsito – “Se expedirán ‘licencias oficiales’, las cuales autorizarán a conducir vehículos oficiales a funcionarios de los diferentes Organismo estatales, previa solicitud suscrita por persona legitimada a tales efectos de dicho Organismo”. Se exonerará hasta el 100% del tributo de patente de rodados a personas lisiadas propietarias de vehículos. Aquella persona física o jurídica imposibilitada de obtener a su favor la transferencia del vehículo empadronado en Tacuarembó, “podrá solicitarla y obtenerla presentándose ante la Dirección General de Tránsito” hasta el 31 de diciembre de 2015.

Whiskerías. Se agrega “al Art. 18 (in fine) del decreto 4/87 del 9.4.87 (Ordenanza para la habilitación y funcionamiento de prostíbulos, casas de huéspedes, boîte, whiskerías y afines), lo siguiente: -Previa habilitación, el peticionante deberá constituir una fianza solidaria, de persona física o jurídica, la que deberá ser titular de un bien inmueble, lo que acreditará por certificación Notarial o certificado registral al día”.

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Historia – ACTA Nº24 – Con fecha 25 de julio de 1951, la Junta Departamental sanciona una resolución sobre el Proyecto de Ordenanza, sobre fraccionamiento y amansamiento de tierras en el Departamento de Tacuarembó.

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