El Comité Técnico Consultivo acordó por unanimidad recomendar al Poder Ejecutivo 16 puntos a incluir en la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Se regulan tanto los contenidos como las formas del menaje comercial. El Comité Técnico Consultivo acordó por unanimidad recomendar al Poder Ejecutivo 16 puntos a incluir en la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que establecen pautas, regulaciones estrictas y prohibiciones para la publicidad dirigida a menores de 14 años, informa El País.
Uno de ellos es prohibir el merchandising, publicidad no tradicional o «chivos» en los programas infantiles. También restricciones de publicidad de productos no comercializables para menores de 18 años (alcohol, tabaco, etc.) en el horario de protección. Asimismo, se impedirá apelar a figuras no vinculadas al producto que se exhibe pero que pueden resultar atractivas para niños.
En otro orden, agrega el matutino, se restringe la presencia de niños en la publicidad. «Los menores de 13 años solo pueden aparecer donde la apariencia es un elemento natural del ambiente representado, o necesario con el fin de demostrar el uso de productos relacionados con ellos» y «no pueden recomendar u ofrecer testimonios que respalden productos o servicios de cualquier naturaleza, excepto servicios públicos de salud, educación o similares», dice la resolución del Comité.
Además, las figuras, muñecas y similares que son elementos importantes en programas infantiles no pueden aparecer en la publicidad de productos para niños y niñas. En tanto, habrá restricciones especiales (lo reglamentará la ley) a la publicidad de alimentos con mucha grasa, sal y azúcar, en línea con las recomendaciones de la Organización Mundial de Salud.
De UyPRESS
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