A partir del 1 de enero de 2013 el Salario Mínimo Nacional es de 7.920 pesos mensuales. Así lo establece el Decreto firmado este 8 de enero por el Presidente José Mujica, determinando además que la remuneración mínima diaria sea de $316,8 y la remuneración mínima por hora era de $39,6. Esto implica un incremento del 10% respecto al monto anterior.
Tras la firma del Decreto por parte del Presidente de la República, comenzó a regir con fecha 1º de enero de 2013, el nuevo valor del Salario Mínimo Nacional. La cifra asciende a los 7.920 pesos uruguayos, lo que supuso un aumento del 10%. De acuerdo a lo que se sostiene en el Decreto, este ajuste al salario en forma periódica está dispuesto por la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en su Convenio Internacional del Trabajo Nº 131.
El nuevo valor surge de la consulta realizada con los actores sociales en el Consejo Superior Tripartito durante 2010, donde se formuló el plan de incrementos para el trienio 2011-2013.
Para definir el jornal diario se divide el importe total entre 25 (de lo que resulta el monto de $316,80) y entre 200 para determinar el salario por hora (de lo que resulta el monto de $39,6).
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