Un manual “para tenerla clara” informa a los jóvenes por qué y de qué manera la Policía puede solicitarles documentación y conducirlos a dependencias policiales. El trabajo, realizado a instancias del INJU, MIDES y el Ministerio del Interior, está basado en la Ley de Procedimiento Policial. Recientemente divulgado, el manual que compendia información de la Ley de Procedimiento Policial, destinado al público juvenil, y que informa sobre las conductas a tener con motivo de una detención o solicitud de documentación. El trabajo fue realizado a instancias del INJU, MIDES y el Ministerio del Interior, y contiene recomendaciones e información sobre la normativa vigente.
El manual recuerda que «la Policía puede solicitar información a toda persona que razonablemente pueda coincidir con aquella que está buscando en el marco de un procedimiento. Si te negás a identificarte, te llevarán a la dependencia policial más cercana y se informará de inmediato al juez competente», e informa que, aunque se muestre la documentación requerida, «pero la Policía tiene dudas fundadas sobre los documentos o testimonios, te podrán llevar a la dependencia policial correspondiente para confirmar tu identidad frente al Juez».
En cuanto a la documentación, señala que se puede exhibir «cédula, credencial, libreta de conducir o todo documento idóneo de identidad», y que el ciudadano puede exigir al funcionario policial que se identifique con su «nombre, apellido, grado y número de funcionario, exhibiendo su identificación policial».
Además, señala que «salvo el caso de delito in-fraganti (…) la Policía debe contar con la correspondiente orden del juez competente para poder trasladarte a una dependencia policial», y que «a incomunicación «con familia, abogados, allegados y testigos solamente se utilizará como medida de urgencia para evitar que se afecte la indagatoria o se incida en los elementos probatorios», entre otros puntos.
https://www.minterior.gub.uy/images/stories/manejarte.pdf
De: Montevideo Portal
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