El Ministerio de Ganadería autorizó, mediante resolución firmada por su titular, Tabaré Aguerre, el registro y uso de productos veterinarios que contengan etión únicamente como garrapaticidas por aspersión e inmersión. La medida entrará en vigencia pasados los 60 días de publicada en el Diario Oficial. Además, fija en 130 días el tiempo de espera para envío a faena de los animales tratados. El articulado legal determina que el tiempo de espera deberá figurar en el prospecto y etiquetado del producto, en forma destacada.
También indica que los productos veterinarios que contengan etión para uso ambiental o como mosquicida, sarnicida, piojicida y garrapaticida por aspersión únicamente se autorizará con destino a la exportación.
Explicita, además, que las empresas deberán gestionar la renovación de los registros respectivos ante el Departamento de Control de Productos Veterinarios de la División Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. También indica que los garrapaticidas autorizados solo podrán ser adquiridos para uso en el marco de un plan de saneamiento suscripto por un veterinario de libre ejercicio acreditado y reconocido por el servicio oficial de sanidad.
La Dirección General de Servicios Ganaderos establecerá las condiciones y procedimientos para la implementación de lo dispuesto, que entrará en vigencia pasados 60 días de la publicación en el Diario Oficial. Durante dicho lapso, los registros de productos veterinarios en base a etión se mantendrán suspendidos.
El 31 de marzo de 2016 se suspendió transitoriamente el registro de productos veterinarios en base a etión hasta la nueva autorización, tras pruebas de residuos en tejidos, de acuerdo con los requerimientos de mercados compradores de alta exigencia para adecuar los límites máximos y minimizar el riesgo de presencia de compuestos organofosforados en carne.
La nueva habilitación se basa en que las empresas concluyeron las pruebas de residuos en tejidos con resultados satisfactorios.
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