La Intendencia Departamental de Tacuarembó llama a Licitación Abreviada Nº 2/2018 para “Adquisición de hasta 260 contenedores de plástico de color naranja para el depósito de residuos con capacidad de carga entre 700 a 800 litros, 100 piezas de agarre de repuesto y 100 ruedas de repuesto”.
Apertura: 27 de febrero de 2018 a la hora 10:00 en Oficina de Licitaciones de la Intendencia de Tacuarembó.
Los Pliegos de Condiciones podrán ser retirados en Oficina de Licitaciones de la Intendencia de Tacuarembó, 18 de Julio 164, teléfono 46322687 y en Oficina de Compras de la Intendencia en Montevideo, Maldonado 1959, tel. 24106368 en días y horarios hábiles, al valor de $ 3.000 (pesos mil tres mil) y consultados en la página web www.tacuarembo.gub.uy o en Oficina de Licitaciones, Martín Saralegui, tels. 46322687 o 46324671 interno 232 en días y horarios hábiles, mail licitaciones@imtacuarembo.gub.uy, recepcionándose las propuestas hasta el día y hora de apertura, previo el depósito de la Garantía correspondiente.
INSTALACIÓN DE VENDEDORES EN FIESTA DE PATRIA GAUCHA
Según Resolución 0124/2018, de acuerdo a la realización de la 32ª Fiesta de la Patria Gaucha; Resultando 1º) que en dicha ocasión son muchos los comerciantes que procuran instalarse fuera del recinto donde se desarrolla, aprovechando todo el esfuerzo que significa la realización de la misma, que año a año aumenta su público visitante.
2º) Que la Comisión organizadora pone especial énfasis, en que se proteja a los vendedores que pagando los derechos acordados se ven seriamente perjudicados por quienes, clandestinamente se instalan y lucran con la comercialización de productos, provocando una competencia netamente desleal.
Considerando: a) que fuera del aspecto comercial, que es imprescindible tener en cuenta para la financiación de la Fiesta, están los problemas de tránsito peatonal y vehicular que es necesario considerar; b) que su Comisión Organizadora es designada directamente por esta Intendencia, y es conveniente otorgarle por vía de atribuciones delegadas, el contenido específico de autorizar o no la instalación de puestos de venta comercial o benéfica en el entorno de desarrollo de la Fiesta.
La Intendente de Tacuarembó Resuelve: 1º) Facúltese a la Comisión Organizadora de la 32ª Fiesta de la Patria Gaucha, para que, a partir del día 1º de febrero, a la hora cero y hasta el día jueves 15 de marzo de 2018 inclusive, tenga potestades para autorizar o no la instalación de vendedores de cualquier especie en el área delimitada por la Avda. María Esther Castrillón, desde la calle Florencio Sánchez hasta Avda. Aparicio Saravia, Paul Harris, Fernando Secco Aparicio hasta Carmelo Comán.
2º) La Intendencia Departamental no autorizará bajo ningún concepto la instalación de vendedores ambulantes a una distancia menor a 100 metros de los espacios mencionados en el Artículo 2º de la presente.
3º) Esta prohibición incluye especialmente la instalación del citado comercio informa y/o ambulante en toda la zona del Parque Rodó la que está expresamente destinada a otros fines.
4º) Atribuyese a la Comisión Organizadora, a la Oficina de Seguridad y Vigilancia y Dirección General de Servicios de esta Intendencia, no solos el cometido de autorizar la instalación, sino también el de disponer el levantamiento de toda instalación no autorizada y el retiro de personas que no hayan gestionado autorización ante las mismas, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de los cometidos delegados.
En el cumplimiento de lo expresado se encomienda especialmente a la Unidad de Seguridad y Vigilancia y Dirección General de Servicios el ejercicio de controles sobre calles de ingreso a Barrio López.
5º) Carecen de valor jurídico y administrativo durante el funcionamiento de la próxima Fiesta de la Patria Gaucha, todos los permisos y autorizaciones otorgadas con anterioridad a la vigencia de esta Resolución y que están comprendidos en lo que disponen los Artículo 1º y 2º.
6º) la Comisión queda especialmente facultada para autorizar un espacio fuera de la zona de exclusión demarcada, donde podrá autorizar tales formas de explotación comercial aplicando lo establecido en la Reglamentación.
7º) Cométase a la Unidad de Seguridad y Vigilancia conjuntamente con la Dirección General de Servicios, la responsabilidad y contralor de los dispuesto.
8º) Se prohíbe la presencia en todo el recorrido del desfile el día sábado 10 de marzo del corriente, de cualquier empresa que no haya contratado publicidad con la Comisión Organizadora.
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