Se llama a aspirantes para la provisión interina de dos cargos de asistente (Grado 2, 10 horas semanales) de la Carrera Ingeniería Forestal – Tacuarembó (CENUR – CUT) y confeccionar una lista con orden de prelación con validez por un período de seis meses, a fin de desempeñar tareas en la mencionada Carrera.
Importante: Requisito excluyente de radicación en el interior – NO
Bases generales:
Serán las establecidas en el Estatuto del Personal Docente de la Universidad de la República y la Ordenanza del Personal Docente de la Facultad de Ingeniería. La evaluación de los méritos se hará teniendo presentes los criterios establecidos en la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos docentes de la Facultad de Ingeniería. Las solicitudes de inscripción acompañadas de la relación completa de los méritos y antecedentes o Declaración Jurada de ellos (la declaración jurada debe contener Timbre Profesional de $180), deberán ser presentadas por los aspirantes o por apoderado notarial.
* Se respetará el orden de prelación establecido durante seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la lista.
Bases particulares:
Se evaluarán los méritos y antecedentes en la siguiente orientación: Ingenieros Industriales, Ingenieros Eléctricos, Ingenieros Químicos, o con formación similar, preferentemente con alguna experiencia en la enseñanza vinculada al área de Formación de “procesos industriales” de la carrera de Ingeniería Forestal, en particular en cursos relacionados a las áreas temáticas: Instrumentación y control, Fluidos y Energía, etc.
Se valorará particularmente la formación y actuación profesional en las mismas áreas o disciplinas.
Materias afines:
Electrotecnia, Instrumentación, Control, Fluidos y energía y otras vinculadas a procesos industriales.
Funciones específicas:
Actuación a nivel de co-responsable en cursos del área de Procesos Industriales de la carrera de Ingeniería Forestal, dictando los cursos en la sede Tacuarembó de UDELAR.
Comisión asesora: Gabriel Pisciottano, Pedro Curto y Diego Passarella.
Inscripciones: desde el 15 de junio de 2020, hasta 29 de junio de 2020 inclusive (hasta las 12:30 horas).
Por Exp. N.o 061110-000823-20 (Res. N.o 96 – CFI: 03/06/2020) queda habilitada la inscripción para llamados mediante envío de correo electrónico a la cuenta de correo institucional: llamados_inscripciones@fing.edu.uy
Importante:
Se aceptarán correos de postulación hasta la fecha y hora de cierre del llamado.Los correos deben tener el formato solicitado en el «instructivo», en caso contrario la postulación no será tenida en cuenta.
En cumplimiento de la resolución No 2490 del Consejo de Facultad de Ingeniería, de fecha 24 de octubre de 2013, recaída en el Expediente Nº061110-002840-13, se da conocimiento de las normas que rigen a los llamados a aspirantes y a los concursos para la provisión de cargos docentes, a través del siguiente link: https://www.fing.edu.uy/
Observaciones:
Corresponde al llamado cuyas inscripciones se encontraban suspendidas. Por Exp. Nº061110-000823-20 (Res. Nº 96 – CFI: 03/06/2020) queda habilitada la inscripción para llamados mediante envío de CORREO ELECTRÓNICO a la cuenta de correo institucional: llamados_inscripciones@fing.edu.uy
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Información importante: Ordenanza del personal docente de la Facultad de Ingeniería En referencia a los Tipos de Cargo I y II Art. 2.- A los solos efectos de su provisión efectiva o interina, los cargos docentes de la Facultad de Ingeniería se clasificarán en dos tipos, el I y el II, según la incidencia o importancia relativa de la actuación científica o profesional respectivamente.
- Grado 1 – ayudante – Requisitos para la inscripción:
Art. 33.- Sólo podrán aspirar a estos cargos quienes no tengan más de 35 años de edad y cumplan una de estas condiciones:
- a) – Ser estudiante universitario, habiendo aprobado un curso o un examen en los dos años anteriores al cierre de la inscripción.
- b) – Ser egresado con menos de 3 años de titulado.
- Grado 2 – asistente
Art. 29.- Ningún docente podrá desempeñarse como grado 2 en una misma disciplina (entendiendo por tal el área de conocimientos abarcada por un Instituto o unidad equivalente) en forma interina y en forma efectiva por un lapso total mayor de diez años.
Si alguna de las reelecciones previstas en el artículo anterior implicara la superación de este lapso, su plazo será disminuido de forma que se ajuste al tope que se establece.
Art. 43.- Al vencer una designación interina y de acuerdo a lo dispuesto en el Arts. 15 y 16, el docente podrá ser prorrogado por períodos no mayores de un año de mantenerse las causas que motivaron su designación.
No obstante, ningún docente podrá ocupar un mismo cargo de grado 2 o 1 en forma interina más allá de cinco años a partir de la fecha de su toma de posesión inicial con la sola excepción de los casos contemplados en el art. 35 en cuyo caso el límite máximo es 7 años.
Ordenanza de concursos para la provisión de cargos docentes de la Facultad de Ingeniería
- Grado 3 – Profesor adjunto
- Grado 4 – Profesor agregado
- Grado 5 – Profesor titular
Propuesta de Trabajo:
Art. 8.- h) Propuesta de trabajo académico. Para los Grados 3, 4 y 5 se solicitarán la presentación de una breve propuesta de trabajo académico a ser desarrollado en los 2 primeros años del desempeño del cargo.
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