Con motivo de la semana de turismo, la Jefatura de Policía de Tacuarembó exhorta a la población a evitar aglomeraciones y a reducir la movilidad, en el marco de la pandemia por COVID-19.
A su vez, se pone en conocimiento a la ciudadanía de la siguientes normativas que regulan la actividades relacionadas a la caza de ciertos ejemplares de animales:
– Ley 9.481 del 04 de julio de 1935 de y sus decretos reglamentarios (Decreto 164/996 del 2 de mayo de 1996, etc.)
A modo de ejemplo, se hace saber que:
* está prohibida la caza de: mulitas, tatú, carpinchos, ñandú, patos silvestres, cardenales, venados, guazú-birá.
*caza deportiva (especies autorizadas con permiso): perdiz, palomas torcazas, paloma alas manchadas, palomas de monte y ciervo axis, etc.
* caza comercial (permisos especiales): nutria y liebres.
* Sin necesidad de permiso de caza: jabalí, cotorra, garibaldino.
También está prohibido:
* cazar efectuando disparos con armas de fuego en rutas y caminos,
* cazar efectuando disparos sobre vehículos,
* cazar efectuando disparos de arma de fuego en horario nocturno,
* cazar sin consentimientos de los propietarios/ocupantes de predios,
* carecer de guía de posesión de armas.
Teléfonos de Emergencia
Emergencia 911
Centro de Comando Unificado de la Jefatura de Tacuarembó: 203 082 00
Bomberos: 463 2 4200
Hospital Tacuarembó: 463 2 2955
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