El Poder Ejecutivo promulgó el 28 de diciembre la Ley Nº 19.043 que crea la Universidad Tecnológica (UTEC), cuya sede central se ubicará en el interior del país. Funcionará como ente autónomo, con un Consejo Directivo Central liderado por un rector y la integrarán Institutos Tecnológicos Regionales. Sus objetivos incluyen formar profesionales con perfil creativo y emprendedor de alto nivel ético y técnico.
Entre los objetivos de la ley, firmada recientemente por el Presidente José Mujica, se incluye la formación de profesionales con un perfil creativo y emprendedor con calificación técnica; también fomentar el desarrollo cultural a través de la investigación y de la extensión y promover la innovación tecnológica.
La Universidad Tecnológica gestionará actividades de enseñanza pública terciaria y universitaria en las diversas áreas del conocimiento, investigación, innovación y servicio en el medio social. En este sentido, sus cometidos incluyen acercar la formación a personas del interior del país. Otro cometido es impulsar programas de enseñanza terciaria y terciaria universitaria junto a otras instituciones educativas públicas y privadas.
Asimismo, la institución promoverá la cooperación con instituciones del Sistema Nacional de Educación Pública, especialmente en el área de la educación técnico profesional y la Universidad de la República; la formación de emprendedores y el apoyo universitario a proyectos empresariales innovadores a través de incubadoras de empresas.
También fomentará la formación de grado y de posgrados y la capacitación de investigadores universitarios con el fin de sostener la creación de conocimiento, el desarrollo y la innovación, la docencia universitaria y la contribución al medio social.
La UTEC estará integrada por Institutos Tecnológicos Regionales (ITR), determinados por el Consejo Directivo Central, según las atribuciones previstas en esta normativa. Los ITR estarán especializados en determinada área productiva, sin perjuicio de poder brindar otros cursos terciarios y terciarios universitarios.
Los títulos que otorgará serán de carácter terciario y terciario universitario de acuerdo a lo que establece el plan de estudio. Por otra parte, los estudiantes tendrán movilidad dentro del Sistema Nacional de Educación Terciaria Pública y así obtendrán reconocimiento por los créditos educativos que correspondan.
La Universidad Tecnológica promoverá la realización de pasantías en el ámbito público y privado, nacional e internacional, para promover la diversidad de trayectorias y experiencias formativas. Asimismo, podrá validar los conocimientos adquiridos por las personas fuera de la educación formal, otorgando créditos o expidiendo certificados según la ley vigente.
Organización – La UTEC estará bajo la competencia general del Consejo Directivo Central y del rector, y los Institutos Tecnológicos Regionales tendrán sus respectivos directores y Consejos de Centro. Cada Consejo de Centro convocará regularmente a un Consejo Consultivo para asesorar en temas específicos y planes de estudio.
El Consejo Directivo Central tendrá la potestad de reglamentar la constitución y el funcionamiento de comisiones académicas e instancias de coordinación interna que actuarán con autonomía técnica.
El rector será electo directamente por los docentes, estudiantes y egresados por voto ponderado. Dos de los delegados serán nombrados por el orden docente y otros dos por el orden de estudiantes. Habrá un representante de los trabajadores y otro de los empresarios, ambos designados por las organizaciones más representativas. Los directores integrantes de los institutos también tendrán pleno derecho con voz pero sin voto.
El rector y los demás miembros del Consejo Directivo Central permanecerán cinco años en el ejercicio del cargo y pueden renovar su mandato por una única vez. Los delegados del orden de los estudiantes se mantendrán en funciones durante treinta meses y junto a los delegados del orden docente una vez que pierdan su calidad de tales, cesarán como miembros del Consejo Directivo Central.
Cada instituto estará dirigido y administrado por un consejo que, a su vez, estará integrado por un director y representantes del orden docente, del orden estudiantil, de los empresarios, de los trabajadores y otro territorial, de la región de referencia del Institutos Tecnológicos Regionales.
El director de un instituto deberá acreditar un título terciario universitario o equivalente y una trayectoria relevante para el cumplimiento de la función, ya que será el responsable de la gestión del instituto.
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