CORTE INTERAMERICANA: Cuestiona resolución judicial

Un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, que reafirma la prescripción de delitos de lesa humanidad cometidos durante el periodo de la dictadura militar, es contraria al derecho humanitario internacional, aseguró la Corte Interamericana de Derechos Humanos en una sentencia dada a conocer recientemente. La consideración está contenida en una resolución de la Corte IDH relativa al caso de María Claudia García, nuera del poeta argentino Juan Gelman, quien fue desaparecida por militares en Uruguay en 1976, cuando tenía 19 años y se hallaba embarazada de su hija Macarena, quien posteriormente fue identificada viva. En febrero de 2011, la Corte IDH determinó la responsabilidad del Estado uruguayo en la desaparición de García de Gelman y ordenó una serie de medidas de reparación, así como la investigación y sanción penal de los responsables.

El gobierno del presidente José Mujica hizo un reconocimiento público de la responsabilidad del Estado y adoptó la mayoría de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana. En junio de 2011, el Congreso emitió una ley que declaró imprescriptibles los crímenes de lesa humanidad, y dejó sin efecto legislación anterior que establecía la caducidad de ese tipo de delitos. Sin embargo, la ley de imprescriptibilidad fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte uruguaya el 22 de febrero, por considerar que no respetaba el principio de irretroactibilidad de la ley.

Dicha sentencia «no está en consonancia con la evolución del Derecho Interamericano y Universal de Derechos Humanos, ni con la responsabilidad internacional del Estado reconocida por éste y declarada en sentencia», apuntó la resolución de la Corte IDH, con sede en San José. El tribunal advirtió que la sentencia en el caso de la nuera de Gelman «tiene carácter de cosa juzgada internacional» y es vinculante para todos los órganos del Estado, «incluidos sus jueces y el Poder Judicial». «Es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado que éste deje de cumplir con estas obligaciones, en detrimento del derecho de las víctimas de acceso a la justicia, amparándose en una situación de impunidad que sus propios poderes y órganos hayan propiciado mediante la generación de obstáculos de jure o de facto que impidieran realizar las investigaciones o llevar adelante los procesos durante determinado período», señaló la Corte IDH.

«La Corte Interamericana de Derechos Humanos continuará supervisando íntegramente la sentencia dictada en el caso Gelman hasta su total cumplimiento», concluyó.

De 180.com

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