Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH) – Actualmente para comprar una vivienda se exige tener ahorrado el 30% del valor de la misma, a través de este fondo este requisito diminuye al 10% facilitando así el acceso a la vivienda. El Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH) fue creado por la Ley Nº 18.795 del 17/8/2011 (Capitulo II art. 7), su objetivo es ampliar y mejorar la disponibilidad de créditos hipotecarios, en particular hacia los sectores de menor capacidad de ahorro apuntando a mejorar la accesibilidad a amplios sectores de la población al crédito hipotecario.
Características:
- Garantiza un crédito hipotecario para la compra de una vivienda única.
- El valor máximo de la vivienda no puede superar estos topes: (Ver topes).
- El máximo monto avalado a prestar es del 90% del valor de la vivienda (el mínimo es de 85%).
- El préstamo es en Unidades Indexadas (UI) o en pesos.
- Plazo máximo de 25 años.
- La cuota debe ser inferior al 35% de los ingresos del núcleo familiar.
- Deben calificar como sujetos de crédito ante cualquier institución financiera.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- El ingreso líquido del núcleo familiar no puede superar las 100 UR ($ 64.879).
- Estar libre de embargos, interdicciones y gravámenes de todo tipo.
- El crédito se debe aplicar exclusivamente a la compra de un inmueble en el país destinado a vivienda única.
¿Dónde lo solicito, cómo funciona?
- El interesado debe presentarse en una de las instituciones financieras adheridas.
- Debe manifestar su interés de recibir la cobertura del FGCH y suscribir el Formulario de Aceptación de la Garantía.
- Recibirá un préstamo entre el 85% y el 90% del valor de la vivienda en vez del 70% como es habitual.
- Se necesitará contar con un ahorro previo de entre el 10% y el 15% del valor de la vivienda, y no del 30% como habitualmente lo exige la oferta pública hipotecaria actual.
- Esquema comparativo sin FGCH y con FGCH (Descargar .pdf)
Instituciones adheridas:
¿Qué características debe cumplir el inmueble?
- Ser utilizado exclusivamente para vivienda.
- Estar situado dentro del territorio nacional.
- El precio de compra no puede superar los topes previstos.
- Destinado a la compra de Viviendas Promovidas en el marco de la Ley Nº 18.795 y Vivienda Usada con los topes de precio establecidos en la Reglamentación.
Por más información:
- Comunicarse por el 17217, de 10 a 17 horas.
- Enviar un correo electrónico a info@anv.gub.uy
Topes de precio para el Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios
ABRIL 2013 – Topes de precios en UNIDADES INDEXADAS. |
|||||||
VIVIENDA USADA |
VIVIENDA NUEVA |
||||||
Dormitorios |
Hasta 2 |
3 o más |
1 |
2 |
3 |
4 |
|
530.275 |
530.275 |
627.315 |
832.399 |
1:033.518 |
1:187.555 |
ABRIL 2013 – Topes de precios en DÓLARES. |
|||||||
VIVIENDA USADA |
VIVIENDA NUEVA |
||||||
Dormitorios |
Hasta 2 |
3 o más |
1 |
2 |
3 |
4 |
|
71.206 |
96.129 |
84.237 |
111.776 |
138.783 |
159.467 |
Sé el primero en comentar