El Poder Ejecutivo envió al Parlamento el proyecto de creación del Instituto Nacional para la Construcción de Ciudadanía Adolescente (INCAA), que sustituirá al Sistema de Rehabilitación Penal Adolescente (SIRPA). Contempla un consejo honorario asesor, con participación de representantes de seis ministerios y de la sociedad civil, a la vez de que se explicita el uso de instancias de reparación del daño a la sociedad. El proyecto de ley ya en manos del Poder Legislativo sustituye el SIRPA por INCAA, que pasará a cumplir con las medidas privativas y no privativas de la libertad dispuestas por la justicia a los menores de 18 años en conflicto con la ley. Según el articulado, será un servicio descentralizado del Ministerio de Desarrollo Social (Mides).
La exposición de motivos subraya que las políticas que diseñará el INCAA reconocerán al adolescente como sujeto que atraviesa una etapa singular de su proceso evolutivo, en el que los conceptos de derecho y obligaciones indican la necesidad de aplicar tratamientos de carácter integral en materia educativa, de capacitación técnica, salud física y mental, vínculos familiares, sociales, culturales, deportivos, recreativos, etcétera.
Añade el concepto de justicia retributiva, cuyos principios habilitarán instancias de reconocimiento de los daños ocasionados a las víctimas y a la sociedad, para repararlos. Según el texto enviado al Parlamento, esto permitirá “construir ciudadanía en el sentido más democrático que el término pueda significar”.
Como novedad, se crea un Consejo Honorario Consultivo, cuyos objetivos serán la coordinación e integración de políticas sectoriales de atención a la adolescencia en conflicto con la ley, proponer iniciativas y asesorar, recomendar y evaluar a la dirección del INCAA.
Este Consejo estará integrado por el directorio del INCAA o un representante designado por este organismo, junto a delegados de la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales (Anong), del Mides, de los ministerios de Salud Pública, de Trabajo y Seguridad Social, de Educación y Cultura, del Interior y de Turismo, de la Secretaría Nacional de Deporte y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
A ese ámbito serán invitados, además, en carácter de observadores a las agencias de la Organización de las Naciones Unidas radicadas en Uruguay, el Instituto Interamericano del Niño, organismo que orbita en la Organización de los Estados Americanos, y del Comité de los Derechos del Niño.
La presidencia de este órgano asesor será anual y rotativa, sesionará como mínimo tres veces al año y acordará sus recomendaciones por mayoría simple de los presentes.
El artículo 16 indica que dentro de los 120 días contados desde la vigencia de esta ley, el Poder Ejecutivo definirá el personal que pertenecerá al instituto que se crea, proveniente de su separación con el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).
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