ASIGNACIONES FAMILIARES: El 23,6 % de los suspendidos presentaron certificados para recuperar el beneficio

El Banco de Previsión Social informa que en 2018 se suspendió el pago de la Asignación Familiar a 22.474 beneficiarios, producto del control de matriculación a mitad de año y de asistencia al final del mismo. A la fecha, se han recibido certificados de estudios, rehabilitantes de la prestación, de 5.321 beneficiarios, lo que representa el 23,67 % de los que fueron suspendidos.

Comunicado del BPS sobre Asignaciones Familiares

Ante la publicación del diario El País de ayer, 18 de febrero, como título principal de tapa “Solo 2 % de quienes pierden asignación vuelve a estudiar”, el Banco de Previsión Social informa:

1°) El pasado año 2018 se suspendió el pago de la Asignación Familiar a 22.474 beneficiarios, producto del control de matriculación a mitad de año y de asistencia al final del mismo.

2°) A la fecha se han recibido certificados de estudios, rehabilitantes de la prestación, de 5.321 beneficiarios, lo que representa el 23,67 % de los beneficiarios a los que se les suspendió el pago de la Asignación Familiar el año pasado.

3°) El acceso al cobro de la Asignación Familiar que establece la ley Nº 18227 se efectúa a través de una solicitud ante el Banco de Previsión Social. El solicitante realiza una declaración jurada para establecer la situación socioeconómica del hogar, la que se determina por un algoritmo elaborado por el Instituto de Economía de la Facultad de Economía desde el inicio del programa en 2008. A esto se suma la verificación de un umbral de ingresos por persona que integre el hogar (por más información ver https://www.bps.gub.uy/3540/plan-de-equidad.html).

4°) Desde el inicio del programa, el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) está a cargo de la visita a los hogares, a efectos de determinar sus condiciones, en forma adicional a la declaración jurada. Este análisis es aplicado al programa de Asignaciones Familiares y a otros programas que administra el ministerio. De hecho, el Mides tiene acceso y habilitación para modificar directamente la información de los hogares en las bases de datos del BPS, determinantes para el acceso o no a la prestación. Estos extremos están, incluso, determinados por el Art. 8.° de la ley n.º 18227.

5°) Finalmente, se informa que para la realización de los conocidos como “controles de estudios”, las tres ramas de la enseñanza pública (Primaria, Secundaria y Técnico Profesional) vuelcan —cada una— la información de matriculación y asistencia al Sistema de Información Integrada del Área Social (SIIAS), con asiento en el Mides y regulada por un consejo integrado por varias instituciones (más información en http://siias.mides.gub.uy/26149/que-es-el-siias).

El SIIAS, que también recopila información de otras fuentes, es el que vierte la información necesaria al BPS para su aplicación.

Por otra parte, la enseñanza privada vuelca la información directamente a través de un servicio web al BPS. Esta es la información determinante para la aplicación de controles en las Asignaciones Familiares.

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