Ante sucesivas versiones de prensa referidas a la actuación de la Secretaría de la Presidencia de la República, en virtud de los fallos emitidos por el Tribunal Especial de Honor para Oficiales Superiores Nº1 del Ejército Nacional, que juzgó las conductas de Jorge Silveira Quesada, José Nino Gavazzo Pereira y Luis Alfredo Maurente Mata, se efectúan las siguientes precisiones:
COMUNICADO DE LA SECRETARIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Ante sucesivas versiones de prensa referidas a la actuación de la Secretaría de la Presidencia de la República, en virtud de los fallos emitidos por el Tribunal Especial de Honor para Oficiales Superiores Nº1 del Ejército Nacional, que juzgó las conductas de Jorge Silveira Quesada, José Nino Gavazzo Pereira y Luis Alfredo Maurente Mata, se efectúan las siguientes precisiones:
1) La Secretaría de la Presidencia de la República efectivamente recibió de manos del entonces ministro de Defensa Nacional, Dr. Jorge Menéndez, el expediente en el que se tramitaban los fallos emitidos por el Tribunal de Honor arriba citado.
2) La recepción de dichos antecedentes estaba acompañada por la decisión explícita del Sr. Presidente de la República en cuanto a homologar la parte dispositiva de los fallos referidos a las conductas de Silveira Quesada y José Nino Gavazzo, así como de no homologar el fallo vinculado a la actuación de Luis Maurente, como bien lo hizo saber el entonces ministro.
3) La homologación o no de los fallos tiene como objeto procedimental circunscribirse sobre dichos extremos, sin que el Poder Ejecutivo se constituya en tribunal de alzada. No obstante y habida cuenta de que el Sr. Presidente advierte en el juzgamiento de Silveira y Gavazzo conductas con apariencia delictivas, instruyó al entonces ministro de Defensa sobre la necesidad de poner los hechos en conocimiento de la Justicia.
4) Consecuentemente la Secretaría de la Presidencia remitió el expediente a la Asesoría Jurídica de la Presidencia, a fin de que extendiera los proyectos de resolución en la forma de estilo, sobre la homologación de los fallos, siguiendo las directivas impartidas, emitiéndose las resoluciones del Poder Ejecutivo del 12 de marzo de 2019.
5) Para el cumplimiento de la instrucción del Sr. Presidente de la República, en el sentido de poner los hechos en conocimiento de la Justicia, ese mismo día, es decir, el 12 de marzo de 2019, el Ministerio de Defensa Nacional, con la finalidad de actuar en consecuencia, recibió todos los antecedentes que habían sido entregados a la Secretaría de la Presidencia.
6) Ante la versión de prensa publicada el 30 de marzo de 2019, con conexión con los hechos descritos, el 1.° de abril de 2019 se solicitó al Ministerio de Defensa Nacional que elevara con carácter urgente las actuaciones que venimos refiriendo, a fin de verificar si la instrucción de poner los hechos en conocimiento de la Justicia había sido cumplida o no.
7) El Ministerio de Defensa Nacional, en virtud de esta solicitud, cumplió de inmediato el requerimiento, elevando los documentos más relevantes a dicha finalidad, dejando expresa constancia, con la firma del Sr. ministro interino de Defensa Nacional, que aún se encontraban los servicios del Ministerio desplegando distintas acciones, entre las que señala: “determinar la remisión de copia de las Actas de Declaración ante el Tribunal de Honor a las distintas sedes penales que pudieron haber intervenido en los hechos a que se han referido los oficiales sometidos” y “poner en conocimiento de los hechos a la Fiscalía General de la Nación”.
8) Ese mismo día, es decir, el 1° de abril de 2019, y teniendo en cuenta que no se había realizado aún la comunicación a la Justicia, el Presidente de la República ordenó que de inmediato se compareciera ante la Fiscalía General de la Nación, poniendo en su conocimiento los hechos que resultaban de las actuaciones elevadas por el Ministerio de Defensa Nacional, lo que se cumplió.
9) Ante la divulgación insistente de hechos que generan confusiones y contradicciones, que en puridad no existen, la Secretaría de la Presidencia de la República se ve en la obligación de emitir el presente comunicado.
10) Se lamenta profundamente que se haya optado por hablar y sostener conjeturas, con notorios desaciertos, antes que reconocer la histórica decisión adoptada por el Sr. Presidente de la República, en defensa de los derechos humanos, de las instituciones, de la justicia y del acceso al conocimiento de la verdad, principios sagrados que quedan —por la fuerza de los hechos— curiosamente disimulados.
Montevideo, 3 de abril de 2019
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